COVID-19: Medidas y recursos en España

Infraestructuras críticas y servicios esenciales relacionados con el abastecimiento y saneamiento. La declaración del estado de alarma establece la obligación de los operadores críticos de servicios esenciales de adoptar las medidas necesarias para asegurar la prestación de los servicios esenciales que les son propios. Dicha exigencia será igualmente adoptada por aquellas empresas y proveedores que, no teniendo la consideración de críticos, son esenciales para asegurar el abastecimiento de la población y los propios servicios esenciales. Los servicios de abastecimiento, depuración, conducción, potabilización y saneamiento de agua han sido considerados servicios esenciales.
  • Infraestructuras críticas y servicios esenciales relacionados con el abastecimiento y saneamiento.

La declaración del estado de alarma establece la obligación de los operadores críticos de servicios esenciales de adoptar las medidas necesarias para asegurar la prestación de los servicios esenciales que les son propios. Dicha exigencia será igualmente adoptada por aquellas empresas y proveedores que, no teniendo la consideración de críticos, son esenciales para asegurar el abastecimiento de la población y los propios servicios esenciales. Los servicios de abastecimiento, depuración, conducción, potabilización y saneamiento de agua han sido considerados servicios esenciales.

La Ley 8/2011, de 28 de abril, por la que se establecen medidas para la protección de infraestructuras críticas, define como servicio esencial al servicio necesario para el mantenimiento de las funciones sociales básicas, la salud, la seguridad, el bienestar social y económico de los ciudadanos, o el eficaz funcionamiento de las Instituciones del Estado y las Administraciones Públicas. El sector estratégico lo componen cada una de las áreas diferenciadas dentro de la actividad laboral, económica y productiva, que proporciona un servicio esencial. Son infraestructuras estratégicas las instalaciones, redes, sistemas y equipos físicos y de tecnología de la información sobre las que descansan el funcionamiento de los servicios esenciales. Las infraestructuras estratégicas adquieren calidad de críticas cuando su funcionamiento es indispensable y no permite soluciones alternativas, por lo que su perturbación o destrucción tendría un grave impacto sobre los servicios esenciales, y su operación corre a cargo de los operadores críticos. El agua es considerado sector estratégico en la citada Ley y, por tanto, objeto del conjunto de medidas de protección correspondientes a sus infraestructuras críticas.

Los servicios de abastecimiento, depuración, conducción, potabilización y saneamiento de agua han sido considerados servicios esenciales durante el estado de alarma, y como tales, están exceptuados de aplicación de medidas de reducción de la movilidad en el contexto de la lucha contra el COVID-19, de acuerdo al listado de servicios esenciales del Real Decreto-ley 10/2020, de 29 de marzo, por el que se regula un permiso retribuido recuperable para las personas trabajadoras por cuenta ajena que no presten servicios esenciales.

  • Medidas adoptadas por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

Dada la consideración de servicios esenciales el abastecimiento, depuración, conducción, potabilización y saneamiento por el Real Decreto-ley 10/2020, de 29 de marzo, por el que se regula un permiso retribuido recuperable para las personas trabajadoras por cuenta ajena que no presten servicios esenciales, esta norma establece la prohibición de suspender el suministro de agua a los ciudadanos consumidores domésticos en su vivienda habitual, aunque conste dicha posibilidad en los contratos de suministro o acceso que los usuarios hayan suscrito. Asimismo, el tiempo transcurrido durante el estado de alarma no computará a efectos de los plazos de los procedimientos de suspensión de suministro agua iniciados con anterioridad.

En el ámbito de la prestación de los servicios públicos por parte del personal del Ministerio, dentro de las medidas adoptadas para la contención de la situación de emergencia de salud pública ocasionada por el COVID-19, se encuentra la de limitar a lo imprescindible las prestaciones de servicios presenciales, optando siempre que resulte posible por la modalidad de trabajo no presencial. De este modo, en la medida de lo posible se evitarán las reuniones de trabajo, disponiéndose en todo caso la suspensión de aquellas que impliquen desplazamientos a otra localidad. Asimismo, se fomentará el uso de la videoconferencia.

Las unidades del Ministerio deberán identificar los servicios que son críticos y asegurarán que se mantienen operativas dentro de los márgenes del cumplimiento de los criterios para asegurar la salud pública.

  • Servicios críticos en el ámbito de la Dirección General del Agua, las Confederaciones Hidrográficas y otros organismos dependientes.

La Dirección General del Agua, así como las Confederaciones Hidrográficas que de ella dependen han establecido sus correspondientes planes de contingencia al objeto de ofrecer una prestación adecuada de sus servicios críticos. En este sentido, se han considerado como servicios críticos: los sistemas automáticos de información del agua, los laboratorios y la vigilancia del dominio público hidráulico y la operación y el mantenimiento de las infraestructuras hidráulicas (incluyendo las presas, canales, tuberías y cualquier otra infraestructura que sirva para el almacenamiento, trasporte y distribución de agua, así como las infraestructuras necesarias para su funcionamiento). En el ámbito administrativo, con carácter general se mantienen los servicios de caja y nóminas, de informática y comunicaciones y de vigilancia de las instalaciones.

Las Confederaciones Hidrográficas han desarrollado planes de contingencia, en los que se establecen una serie de medidas consistentes en asegurar el buen funcionamiento de los servicios críticos sin poner en riesgo la salud de las personas que acceden de manera presencial a su operación. El acceso físico del personal se realizará mediante un sistema de turnos, manteniendo la distancia social estipulada y con los sistemas de protección sanitaria adecuados.

En cuanto a la suspensión de los plazos de los proyectos en ejecución y de otros procedimientos administrativos, dicha suspensión se aplicará con la conformidad por ambas partes y siempre siguiendo las normas y criterios de seguridad para evitar la propagación del virus. Por ejemplo, en el caso del proceso de la participación pública de la fase correspondiente a los Esquemas de Temas Importantes del ciclo de planificación hidrológica 2021-2027, el plazo de seis meses, que comenzó el 25 de enero, ha quedado suspendido. No obstante, y mientras dure el estado de alarma, ante la imposibilidad de organizar las reuniones territoriales y sectoriales agendadas en el proceso de participación pública de esta fase, se han organizado un conjunto de seminarios virtuales de acceso libre a través de la página del Ministerio, requiriéndose solamente un registro previo. Asimismo, tanto la oficina de planificación de las Confederaciones Hidrográficas como la propia Dirección General del Agua seguirán recibiendo comentarios y propuestas de todos los interesados y la ciudadanía en general a través de los correos electrónicos habilitados a tal efecto.

  • Medidas en el sector del abastecimiento y la depuración de las aguas

Las empresas de agua han desarrollado sus planes de contingencia así como han tomado medidas específicas ante la situación de confinamiento por el estado de alarma. Entre las acciones implantadas se encuentran: cierre de oficinas de atención al público, disponibilidad online para consultas y reclamaciones, adopción de medidas de seguridad para la protección de los trabajadores, garantía de continuidad en los servicios y en general cualquier otra medida para evitar la propagación del virus.

La Asociación Española de Abastecimientos de Agua y Saneamiento (AEAS) y la Asociación Española de Empresas Gestoras de Servicios del Agua (AGA) han desarrollado un documento de “Bases para un plan de contingencia”. Asimismo destacan los documentos realizados por la Comisiones de Trabajo especializadas de la AEAS sobre las “Propuesta de medidas a adoptar en las instalaciones de aguas potables” y la “Propuesta de medidas a adoptar en las instalaciones de aguas residuales”

Algunas autoridades regionales han remitido escritos a las empresas encargadas de la gestión y explotación de las plantas depuradoras para que implementaran sus planes de contingencia con el objetivo de garantizar tanto la seguridad de los trabajadores como el funcionamiento del servicio. En este sentido, se han adoptado medidas organizativas para mantener el funcionamiento sin incidencias y extremar las precauciones del personal operario. Para ello, se han eliminado las duplicidades en los turnos y se han cancelado las visitas de cualquier persona ajena al trabajo de la planta, además de las medidas que comportan el uso de mascarillas y guantes, un equipamiento habitual para los trabajadores y trabajadoras.

Algunos ejemplos: Plan de contingencia de la empresa de aguas de la Comunidad de Madrid Canal de Isabel IIprocedimiento para la comunicación virtual de incidencias del Consorcio de Aguas Bilbao – Bizkaia

  • Información y enlaces de interés sobre el COVID-19 en el agua

Según las informaciones elaboradas a partir de los informes de la OMS, y de acuerdo con lo que indica la propia organización, no hay evidencia de que los coronavirus humanos estén presentes en las diferentes masas de agua (tanto superficiales como subterráneas). En cuanto al suministro de agua, la OMS considera que la presencia del COVID-19 no se ha detectado en el suministro de agua potable y con los conocimientos actuales, el riesgo para el suministro es bajo. Una de las características del virus es su recubrimiento por una membrana grasa y frágil. Esto hace que este virus sea menos estable en el medio y que los oxidantes como el cloro resulten muy eficaces para su desactivación. Además, las altas temperaturas, un pH bajo, la luz del sol y los desinfectantes comunes facilitan la muerte de este virus.

Por lo tanto, se considera que los actuales tratamientos de agua como la filtración y la desinfección deben desactivar el COVID-19. Para una desinfección centralizada efectiva, debe haber una concentración residual de cloro libre de 0,5 mg/l después de al menos 30 minutos de tiempo de contacto en pH < 8.0. Se debe mantener un residuo de cloro en todo el sistema de distribución. En los lugares donde no se dispone de tratamiento centralizado y suministros seguros de agua a través de tuberías, una serie de tecnologías de tratamiento de agua domésticas son eficaces para eliminar o destruir virus, entre estos, se incluye la ebullición, filtros de ultra y nanomembrana de alto rendimiento, irradiación solar, y en aguas no turbias, irradiación UV y una adecuada dosificación de cloro libre.

En cuanto a la persistencia del virus COVID-19 en agua potable, aguas residuales y superficies, si bien la persistencia en el agua potable es posible, no hay evidencia actual de que los coronavirus humanos estén presentes en fuentes de agua superficial o subterránea o se transmitan a través del agua potable contaminada. Si bien no hay evidencia, hasta la fecha, sobre la supervivencia del virus COVID-19 en el agua o las aguas residuales, es probable que el virus se inactive significativamente más rápido que los virus entéricos humanos no envueltos con transmisión conocida por el agua (por ejemplo, adenovirus, norovirus, rotavirus y hepatitis A). Por ejemplo, un estudio encontró que el coronavirus humano sobrevivió sólo 2 días en agua del grifo declorada y aguas residuales del hospital a 20ºC. Otros estudios coinciden señalando que el coronavirus humano presentó una muerte del 99,9% desde 2 días hasta 2 semanas a 23ºC y 25ºC, respectivamente.

En cuanto a la permanencia del virus en las instalaciones, no es seguro cuánto tiempo el virus que causa COVID-19 sobrevive en las superficies, pero parece probable que se comporte como otros coronavirus. Una revisión reciente de la supervivencia de los coronavirus humanos en superficies encontró una gran variabilidad, que va de 2 horas a 9 – 12 días. El tiempo de supervivencia depende de una serie de factores, como el tipo de superficie, la temperatura, la humedad relativa y la tensión del virus específico. Esta revisión también encontró una inactivación efectiva (dentro de 1 min) utilizando desinfectantes comunes como 70% de etanol e hipoclorito de sodio. Todo ello sobre la premisa de mantener y extremar las prácticas de buena higiene.

En lo que respecta a la gestión segura de aguas residuales, no hay pruebas hasta la fecha de que el virus COVID-19 se haya transmitido a través de sistemas de alcantarillado, con o sin tratamiento de aguas residuales. Además, no hay pruebas de que los trabajadores de aguas residuales y de tratamiento de aguas residuales contrajeran el SARS, otro tipo de coronavirus que causó un gran brote de enfermedad respiratoria aguda en 2003.

Como parte de una política integrada de salud pública, las aguas residuales transportadas en los sistemas de alcantarillado deberían tener bien diseñados y bien gestionadas las estaciones depuradoras de aguas residuales. Cada etapa del tratamiento (con su tiempo de retención y dilución) debe reducir el riesgo potencial.

Deben seguirse las mejores prácticas para proteger la salud ocupacional de los trabajadores en las instalaciones de tratamiento de saneamiento. Los trabajadores deben usar un equipo de protección personal adecuado, que incluye ropa protectora, guantes, botas, gafas o protector facial, máscara, realizar con frecuencia la higiene de las manos, y evitar tocar los ojos, la nariz y la boca con las manos sin lavar.

El portal de noticias iAgua contiene información actualizada de la evolución del virus en el sector del agua.

  • Medidas relacionadas con la red de transportes para el sector del agua

Un reciente informe elaborado por el Centro Común de Investigaciones de la Comisión Europea ha realizado un análisis preliminar sobre la seguridad del suministro de productos químicos críticos necesarios para el suministro de agua y saneamiento durante la crisis del COVID-19. Dicho informe indica que, aunque haya sido detectado, no hay evidencia de que el virus COVID-19 se haya transmitido a través de sistemas de alcantarillado con o sin tratamiento de aguas residuales. Además, no hay pruebas de que los trabajadores de tratamiento de aguas residuales contrajeran el síndrome respiratorio agudo grave (SARS), que es causado por otro tipo de coronavirus que causó un gran brote de enfermedades respiratorias agudas en 2003.

El informe realiza un análisis rápido de los riesgos de fallo en la operación de las plantas de potabilización y depuración, alertando de un riesgo alto de fallo de suministro de reactivos para el funcionamiento de las plantas, debido a las restricciones en el transporte por carretera, que es la forma de transporte mayoritaria en la Unión Europea. El informe descarta riesgos de fallo en la operación derivados del contagio masivo del personal.

Por tanto, el informe concluye que los químicos y reactivos necesarios para el tratamiento del agua deben considerarse como productos prioritarios para el transporte. La Comisión Europea ha publicado la Comunicación sobre la puesta en marcha de los «carriles verdes» en el marco de las Directrices sobre medidas de gestión de fronteras para proteger la salud y garantizar la disponibilidad de los bienes y de los servicios esenciales. El objeto es suspender temporalmente todo tipo de restricciones al acceso por carretera existentes en su territorio (tránsito en fin de semana, nocturno, prohibiciones sectoriales, etc.) para el transporte de mercancías por carretera y para la necesaria libre circulación de los trabajadores del transporte. Los trabajadores del transporte, con independencia de su nacionalidad y de su lugar de residencia, deben poder cruzar las fronteras interiores. Debe suprimirse toda restricción, como las impuestas al desplazamiento y la cuarentena obligatoria de los trabajadores del transporte, sin perjuicio de que las autoridades competentes adopten medidas proporcionadas y adaptadas específicamente para minimizar el riesgo de contagio.

El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana ha adoptado la correspondiente resolución en el territorio nacional en relación a la flexibilización de los tiempos de conducción y descanso de nuestros transportistas y la posibilidad de que realicen el descanso semanal normal en el vehículo mientras dure el actual estado de alarma. Esta resolución se adapta a las directrices que ha establecido a este respecto la Unión Europea.

  • Información de carácter general sobre la evolución del COVID-19 en España y campaña #EsteVIrusLoParamosUnidos.

La actualización diaria de la situación en España se encuentra en este enlace. El Instituto de Salud Carlos III, institución dependiente del Ministerio de Ciencia e Innovación y especializada en la vigilancia de la salud pública, realiza un informe epidemiológico diario sobre la enfermedad.

El Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social ha iniciado la campaña #EsteVirusLoParamosUnidos. Se trata de una campaña de divulgación y de información frente al coronavirus, con frases motivadoras lanzadas a la ciudadanía, como «Lo paramos si no te confías»; «Lo paramos si te mentalizas de que esto no va a ser fácil»; «Lo paramos cada vez que te lavas las manos»; «Lo paramos cuando te reúnes por videoconferencia»; «Lo paramos si te quedas en casa»; «Lo paramos si viajas solo cuando es imprescindible»; «Lo paramos si evitas lugares concurridos»; «Lo paramos cuando no compartes información falsa»; «Lo paramos si ayudas y haces caso a nuestros profesionales» o «Lo paramos cuando confías en que vamos a superar esto». Haz click para ver el vídeo.

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