La presente ley tiene por objeto establecer el régimen jurídico de la policía y protección de las aguas. Los objetivos de la policía y protección de las aguas son los siguientes:
https://www.mediambient.ad/images/stories/PDF/departament/Lleidaigues19852.pdf
El presente Reglamento tiene por objeto desarrollar la Ley de policía y protección de las aguas, del 31 de julio de 1985, en cuanto a las aguas residuales y a las aguas superficiales, de acuerdo con los objetivos generales establecidos por la mencionada ley y los objetivos específicos siguientes:
https://www.bopa.ad/bopa/008083/Pagines/44FE.aspx
Esta Orden ministerial tiene por objeto establecer los criterios de orden técnico para la concepción, la instalación, y el mantenimiento de las estaciones de depuración para viviendas unifamiliares, viviendas plurifamiliares, centros comerciales y edificios de servicios, para la separación de líquidos ligeros, para la separación de grasas, y para las instalaciones agropecuarias.
https://www.bopa.ad/bopa/017037/Pagines/3CD16.aspx
El objeto de esta orden ministerial es:
https://www.bopa.ad/bopa/024031/Pagines/77E72.aspx
La presente Ley tiene por objeto regular el ejercicio de la pesca, fomentar, proteger y conservar los recursos piscícolas en cualquier curso o masa de agua para asegurar la preservación de la fauna y la flora acuáticas y de sus hábitats naturales.
https://www.bopa.ad/bopa/033119/Pagines/CGL20211115_08_54_41.aspx
Este Reglamento tiene por objeto precisar con más detalle las obras y los trabajos directamente relacionados con los cursos y las masas de agua con el fin de salvaguardar y de proteger su hábitat y lograr un desarrollo más respetuoso con el medio acuático.
El año 1996, el Gobierno aprobó el Plan de saneamiento de las aguas de Andorra. El plan prevé todas las actuaciones que se deben desarrollar para obtener unos niveles de calidad de las aguas de los ríos entre buenos y excelentes para el año horizonte 2020.
Los objetivos del Plan de saneamiento del Principado de Andorra se basan en:
https://www.mediambient.ad/pla-de-sanejament-aigues
https://www.mediambient.ad/images/stories/aigua/pla-sanejament-andorra.pdf
https://www.mediambient.ad/images/stories/PDF/aigua/EDARA_2021.pdf
El Plan de saneamiento del Principado de Andorra dividió el país en cuatro sistemas principales de saneamiento. El sistema Arieja, el sistema Nord occidental, el sistema Nord oriental i el sistema sud.
Se puede consultar los datos concretos de la explotación en el siguiente enlace:
El recurso hídrico del país es la cantidad de agua disponible considerando todos sus estados y todos sus orígenes. Así por lo general, se trata de la cantidad de agua que queda en un territorio después de considerar los diversos fenómenos que la disminuyen en relación a la aportación por precipitación. Entre estos fenómenos destacan la evaporación y la transpiración de los vegetales ( también llamada evapotranspiración).
En este sentido, el agua que proviene de las precipitaciones, en función de las condiciones climáticas, se evapotranspira con mayor o menor grado. Así, la cantidad de agua que escapa de este fenómeno, representa el recurso hídrico renovable.
https://www.mediambient.ad/images/stories/PDF/BH2021.pdf
El Plan de saneamiento del año 1996, fijaba unos objetivos de calidad para las aguas superficiales para el año 2020.
Para controlar la calidad de las aguas de los ríos del país, se gestiona una red de puntos de control, con 37 estaciones repartidas por todo el país. Esta red, permite establecer cada año un mapa de calidad físico-química.
Ver balance de la calidad de los ríos del Principado de Andorra
https://www.mediambient.ad/les-aigues-superficials
Durante los años 2066 y 2007 se elaboró un estudio sobre las aguas subterráneas del principado de Andorra, con el fin de definir y caracterizar las masas de aguas subterráneas des de la perspectiva de la Directiva Marco del Agua 200/60/CE.
Los principales objetivos del estudio son: